La empresa no puede alterar unilateralmente el horario de entrada y salida unos minutos #mundotv

Alterar el horario de entrada y salida, aunque sean solo unos minutos, puede suponer una modificación sustancial de las condiciones de trabajo. Así lo ha establecido el Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Canarias, que ha determinado la nulidad de una medida adoptada en este sentido por la Consejería de Derechos Sociales, Igualdad, Diversidad y Juventud del Gobierno de Canarias al afectar al derecho a la conciliación laboral y familiar de los trabajadores.
Además, los magistrados inciden en que “el cuidado de familiares, como elemento básico” de este derecho, “descansa mayoritariamente en las mujeres, como recogen, entre otras muchas fuentes, Eurostat y el Instituto Nacional de Estadística (INE).

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